Responsabilidad Patrimonial del Estado
El Estado compromete su responsabilidad cuando, por ejemplo, en la construcción de una obra o en la prestación de un servicio, desarrollados en beneficio de la comunidad, emplea medios o utiliza recursos que colocan a los particulares, ya sea en su persona o en su patrimonio, en una situación de quedar expuestos a experimentar un “riesgo de naturaleza excepcional” que, dada su particular gravedad, excede notoriamente, las cargas que normalmente han de soportar los administrados como contrapartida de los beneficios que derivan de la ejecución de una obra pública o de la prestación de un servicio.
Todo aquel que obrando ilícitamente o contra las buenas costumbres cause daño a otro, está obligado a repararlo a menos que se demuestre que el daño se produjo como consecuencia de culpa o negligencia inexcusable de la víctima.
Nuestro enfoque se ve enriquecido por la amplia experiencia comercial de nuestros abogados, y sus capacidades de negociación permiten el establecimiento de acuerdos arbitrales que faciliten la resolución de controversias y otorgan a nuestros clientes la seguridad de que el proceso tendrá un cuidado minucioso dirigido a lograr los mejores resultados, todo ello atendiendo al dinamismo que requieren las relaciones comerciales actuales.
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